sábado, 14 de septiembre de 2013

Acuerdos Internacionales de Inversión

Acuerdos Internacionales de Inversión

http://www.tlc.gov.co/publicaciones.php?id=5399

Los Acuerdos Internacionales de Inversión-(AII) son tratados internacionales cuyo objetivo principal es atraer inversión extranjera y promover la inversión colombiana en el exterior. Para ello, mediante este tipo de Acuerdos se crean y se mantienen condiciones favorables para los inversionistas de un Estado en el territorio del otro Estado.
Se trata de  establecer un marco jurídico justo y transparente para la inversión incluyendo estándares reconocidos por el derecho internacional en materia de promoción y protección de las inversiones. En otras palabras, mediante estos tratados se establecen reglas de juego claras y previsibles para los inversionistas extranjeros brindando protección, claridad, previsibilidad y seguridad mutua en el tratamiento de las inversiones.

Bancóldex




Es el Banco de Desarrollo Empresarial y de Comercio Exterior de Colombia, adscrito al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, que ofrece productos y servicios financieros a las empresas dedicadas tanto al mercado nacional como a las vinculadas al comercio exterior de todos los sectores económicos.

INSTITUCIONES LOCALES


BANCO DE LA REPUBLICA
                    Emisión de moneda legal
El atributo de la emisión, propio de la soberanía monetaria de la Nación es exclusivo e indelegable del Banco de la República y se ha materializado, con la autorización del Congreso, por medio de varios contratos.

Funciones de crédito del Banco de la República
La LEY 31 de banca central prevé condiciones precisas: prohíbe de manera categórica al Emisor otorgar créditos y garantías a particulares o entidades privadas. Se exceptúan los créditos de apoyo transitorio de liquidez a los establecimientos de crédito en cumplimiento del papel de prestamista de última instacia.

En cuanto al crédito del Banco de la República al Gobierno, si bien el nuevo régimen no lo prohíbe, sí establece condiciones muy rigurosas para su concesión. En efecto, se establece que este tipo de crédito debe limitarse a casos de extrema necesidad, y se requiere la aprobación unánime de todos los miembros de la JuntaDirectiva. No obstante, es importante señalar que la Constitución dejó abierta la posibilidad de que el Banco pueda continuar adquiriendo en el mercado secundario títulos de deuda emitidos por el Gobierno. De esta forma no es el Banco el que financia directamente al Gobierno, sino los particulares que han comprado estos títulos.


Banquero de bancos
Como todo banco central, el Banco de la República desempeña la función de banquero de bancos. De una parte, es depositario de los dineros que le consignan en cumplimiento del requisito de reserva bancaria que sirve para regular la capacidad de crédito del sistema bancario. Esta reserva, mantenida con máximas condiciones de seguridad, sirve de respaldo a la liquidez del sistema. De otra parte, como ya se señaló el Banco de la República actúa como prestamista de última instancia de los establecimientos de crédito, en casos de iliquidez transitoria originada en retiros masivos de depósitos.

Pero, además, el Banco de la República ha hecho aportes de gran importancia al desarrollo del sistema de pagos y de la infraestrutura del sector financiero en nuestro país y al logro del mandato legal de velar por el normal funcionamiento de los pagos internos y externos. El más relevante de ellos para los objetivos de contribuir a la eficiencia del aparato productivo, la estabilidad del sistema financiero y la canalización de las señales de la política monetaria en los mercados de dinero es el servicio de transferencia de dinero y registro de operaciones entre intermediarios financieros, del mercado de valores y otros, por medios electrónicos y en tiempo real a través de su sistema de pagos de alto valor denominado CUD (“sistema de cuentas de depósito”).

Adicionalmente, el Banco administra la "cámara de compensación interbancaria de cheques", la cámara de compensación interbancaria de pagos electrónicos de bajo valor (CENIT), el Depósito Central de Valores – DCV, en el cual se custodian y administran los títulos desmaterializados de deuda pública, y el sistema electrónico de negociaciones (SEN) de títulos de deuda pública.


Funciones cambiarias
La Ley 31 también le atribuye al Banco de la República la función de diseñar y determinar el manejo de la política de la tasa de cambio, es decir, de definir el conjunto de normas relacionadas con aquélla de común acuerdo con el Ministro de Hacienda y Crédito Público. Desde 1999 hasta la actualidad la tasa de cambio está sujeta a un régimen flexible, en el cual el Banco de la República permite que el precio del dólar sea determinado por el mercado, aunque tiene la facultad de intervenir cuando se vea amenazada su estabilidad. Sin embargo, en un mercado cambiario libre como el actual, el Banco de la República no busca modificar la tendencia que el mercado le imprime a la tasa de cambio.
De la misma manera, la Junta Directiva dispone la intervención del Banco de la República en el mercado cambiario como comprador o vendedor de divisas, o la emisión y colocación de títulos representativos de las mismas.

Administración de las reservas internacionales



Al Banco de la República le corresponde administrar las reservas internacionales del país incluyendo el manejo, inversión, depósito de custodia y disposición de los activos de reserva. La inversión ha de efectuarse principalmente con base en criterios de seguridad y liquidez, a fin de facilitar los pagos del país en el exterior.
El Banco ante todo, busca la seguridad y estabilidad en sus inversiones y procura que la reserva tenga liquidez para asegurar oportunos pagos a otros países.
Las reservas internacionales son medios de pago de aceptación internacional generados, entre otros conceptos, por: i) la diferencia entre los ingresos provenientes de las exportaciones o ventas al exterior y los gastos que se hacen para las importaciones o para las compras realizadas en el resto del mundo; ii) la diferencia entre lo que ingresa por préstamos externos e inversión extranjera y lo que se paga en capital, intereses y retención de utilidades; y iii) la diferencia entre los giros que envían los colombianos residentes en el exterior y los que se les envían a ellos. Las reservas tienen por objeto atender las necesidades del Gobierno y los particulares para hacer pagos al exterior.
Las reservas están compuestas por monedas libremente convertibles, es decir, que pueden cambiarse legalmente por otras que poseen amplia aceptación internacional, por oro, y por derechos especiales de giro (DEG).
Promotor del desarrollo científico, cultural y social
El nivel profesional y la estructura operativa del Banco le han permitido apoyar simultáneamente el desarrollo científico, cultural y social del país, a través de la creación de fundaciones destinadas a seleccionar, estimular y financiar investigaciones en las áreas de las ciencias, la tecnología, las humanidades, la antropología, la arqueología, la educación y la salud. Además, ha participado en el rescate y preservación del patrimonio cultural y en la creación de estímulos a su desarrollo mediante la administración y creación de bibliotecas y museos especializados en todo el país. El Museo del Oro y la Biblioteca Luis Ángel Arango, hacen parte del Banco de la República y tienen amplio reconocimiento nacional e internacional por la labor que desarrollan.

Cámara de Comercio

Como personas juridicas de derecho privado cumplen por delegación legal algunas funciones publicas como es el caso de los registros públicos: mercantil, proponentes y entidades sin animo de lucro, carácter privado que no pierden por el hecho de que hayan recibido el encargo de cumplirlas. Estas funciones son expresamente señaladas en la Ley y han de cumplirse en la forma taxativa señalada en los ordenamientos que las consagran y las regulan, en consecuencia sus funicones regladas y las Cámaras solo actuan conforme a dichas reglas.
Pero desarrollan tambien funciones privadas, cuyo cumplimiento y desarrollo no está sometido a pautas o reglas determinadas en el mismo ordenamiento legal que las establece.
En este capítulo encontrará una relación de todas las funciones de las Cámaras de Comercio con su respectiva legislación. 

UNCIÓN DE LLEVAR EL REGISTRO DE ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO

Decreto 2150 de 1995
Artículo 40o. Suprímese el acto de reconocimiento de personería jurídica de las organizaciones civiles, las corporaciones, las fundaciones, las juntas de acción comunal y de las demás entidades privadas sin ánimo de lucro.
Para la obtención de su personalidad, dichas entidades se constituirán por escritura pública o documento privado reconocido en el cual se expresará, cuando menos, lo siguiente:
  1. El nombre, identificación y domicilio de las personas que intervengan como otorgantes. 
  2. El nombre.
  3. La clase de persona jurídica.
  4. El objeto.
  5. El patrimonio y la forma de hacer los aportes.
  6. La forma de administración con indicación de las atribuciones y facultades de quien tenga a su cargo la administración y representación legal.
  7. La periodicidad de las reuniones ordinarias y los casos en los cuales habrá de convocarse a reuniones extraordinarias.
  8. La duración precisa de la entidad y las causales de disolución.
  9. La forma de hacer la liquidación una vez disuelta la corporación o fundación.
  10. Las facultades y obligaciones del revisor fiscal, si es del caso.
  11. Nombre e identificación de los administradores y representantes legales.

INSTITUCIONES FINANCIERAS

En la última década los países han recurrido a las instituciones financieras internacionales (IFI) con más frecuencia que nunca, para financiar sus proyectos, solicitar asesorías para introducir reformas en sus modelos económicos, entre otros.
El desarrollo de la presente investigación tiene como objetivo cumplir con una actividad pautada en la cátedra de Instituciones Financieras y principalmente para adquirir conocimientos sobre las Instituciones Financieras Internacionales, las cuales son de gran ayuda para el desarrollo socioeconómico de las regiones más desprotegidas en el área de la saludeducación, infraestructura, vialidad, y demás problemas que afectan a la población mundial.
Es primordial que un administrador de empresas conozca sobre las formas de financiamiento con las que cuentan los países para el desarrollo de sus actividades económicas. Así como también que estén al tanto de los proyectos que lleva a cabo su país con el apoyo de las instituciones financieras internacionales.
Cada una de estas instituciones tiene sus características propias, que deben ser conocidas por las personas para la comprensión de sus objetivos. A continuación se explicarán cada una de estas instituciones.


INSTITUCIONES LOCALES

Las instituciones locales son todas aquellas entidades que establecen parámetros para facilitar y regular las relaciones comerciales entre Colombia y los países con los cuales realizan transacciones internacionales.
Ellas se dividen en entidades locales reguladoras que son las que establecen la normatividad y las entidades locales financieras que se encargan de regular la movilidad de los bienes de capital.

INSTITUCIONES DE COMERCIO MUNDIAL

http://aulaweb.unicesar.edu.co/informacion/Catedra_Negocios/Contenidos/Modulo_II/index.html